Empleados de Hogar

 

El pasado 1 de enero de 2012 entraba en vigor la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General).

 

La cobertura de los trabajadores se amplía con respecto a la hasta el momento vigente. Esto, conlleva un sobrecoste para el empleador que debe cumplir la ley y contemplar las coberturas legales necesarias en caso de accidente, baja u otras incidencias.

 

La no regulación de los empleados del hogar puede acarrear sanción por parte de la administración, en cuyo caso actuarán de oficio o por denuncia de los trabajadores.

 

 

QUÉ HACER

 

La nueva ley obliga a la actualización de la situación de los empleados del hogar. Para ello, es aconsejable ponerse en manos de una Asesoría Laboral profesional que te ayude con todos los trámites para la regularización de tu empleado del hogar, en estos dos supuestos:

 

1- ACTUALIZAR CONTRATO DEL EMPLADO DEL HOGAR, SEGÚN REAL DECRETO 1620/2011

En caso de tener un trabajador contratado, hay que actualizar su contrato según la nueva ley. En caso de no hacerlo, en julio de 2012, la Seguridad Social lo hará de oficio suponiendo que está en un tramo de cotización superior al que se encuentra.

 

Redactar un contrato con el empleado y registrarlo para luego poder hacer la nómina pertinente.

 

Realización de las cotizaciones mensuales correspondiente a la retribución del empleado.

 

2- DAR DE ALTA A EMPLEADOR Y EMPLEADO EN EL RÉGIMEN DE LA SS
 

Redactar un contrato con el empleado y registrarlo como tal en la Seguridad Social para estipular la nómina mensual pertinente. Aprobar la cotización mensual correspondiente a su retribución como empleado. 

 

 

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